¿Qué va suceder con mi caso de inmigración durante el Coronavirus (COVID-19)?

Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS)

El 24 de abril de 2020, USCIS anunció que extenderá su fecha de cierre temporal hasta el 3 de junio de 2020. Desde entonces, las oficinas de inmigración han abierto para entrevistas en los Estados Unidos.

USCIS es la oficina de inmigración que revisa las solicitudes de aquellos que aplican para su tarjeta de residencia permanente legal de EE. UU (También conocida como “tarjeta verde”) por medio de una petición familiar, la Visa- U, VAWA, Asilo o su Ciudadanía Estadounidense. Por lo general, la oficina de inmigración realiza entrevistas en persona y trámite exámenes  con el solicitante para determinar si obtendrán su tarjeta de residencia legal permanente de EE. UU. o su Ciudadanía Estadounidense.

Debido a la crisis del Coronavirus, USCIS anunció el 18 de marzo de 2020 que cancelaron todas las entrevistas y visitas a las oficinas de inmigración para proteger la salud y la seguridad de todos. Anteriormente, habían anunciado que cerrarán temporalmente hasta el 1 de abril de 2020, pero después extendieron su fecha hasta el 3 de junio de 2020. A partir del 4 de junio de 2020 las oficinas de inmigración han estado abiertas para entrevistas y visitas.

Usted tal vez se pregunta, “bueno, ¿qué significa esto para mi caso de inmigración?” “¿Está en pausa o en espera durante la pandemia del Coronavirus?” La respuesta a esta pregunta es, NO, su caso no estará  en espera durante la pandemia del Coronavirus. Los oficiales de inmigración todavía están trabajando y continúan revisando su solicitud. Por lo tanto, aún puede seguir trabajando con su abogado para presentar su solicitud y si no tiene un abogado y desea comenzar un caso de inmigración, no dude y comuníquese con uno de nuestros abogados de Franco Law Group al 213.200.1505.

Recursos de USCIS

Usando los siguientes enlaces puede:

Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), también conocida como el “Tribunal de Inmigración”

El 13 de marzo de 2020, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración en Los Ángeles (también conocida como la “Corte de Inmigración“) anunció que iban a  posponer todas las audiencias principales, conocidas como “Master Hearing” dado a la pandemia del Coronavirus. Una audiencia principal es una audiencia preliminar en la que presenta su caso de inmigración ante un juez de inmigración.

Después, en el 18 de marzo de 2020, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración también pospuso todas las audiencias no en detención. Por lo tanto, las únicas audiencias que aún están programadas son para aquellos que están detenidos y están presentando un caso ante un juez de inmigración para luchar por el derecho de permanecer en los Estados Unidos.

Ahora, si tiene un caso en el que está peleando su caso ante el Tribunal de Inmigración, tal vez se preguntará si su caso está suspendido debido a la pandemia del Coronavirus y la respuesta es NO. Su caso aún está activo y aún se está revisando. Por lo tanto, debe continuar trabajando con su abogado para cumplir con los plazos que pueda tener para presentar documentos y continuar trabajando para avanzar en su caso. Si no tiene un abogado, tenemos un equipo de abogados con experiencia y que pueden ayudar. Puede contactarnos comentando a continuación o llamando a nuestra oficina al 213.200.1505.

Por lo pronto, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración no está abierta hasta el 24 de agosto de 2020. Por lo tanto, las audiencias posteriores al 24 de agosto de 2020 aún están programadas hasta nuevo aviso.

Los plazos de presentación después del 30 de marzo de 2020 siguen vigentes, sujetos a la discreción del juez de inmigración. No hay requisito de que los documentos se presenten en persona. Para todos los tribunales, se alienta a las partes a presentar su solicitud por correo o por ECAS cuando esté disponible (EOIR).

Protocolos de Protección de Migrantes (MPP)

Si es un solicitante de asilo en México y tiene un caso pendiente bajo el programa MPP, sepa que todas las audiencias actualmente programadas hasta el 22 de abril serán reprogramadas. Cualquier persona con una fecha de audiencia de MPP hasta el 22 de abril debe presentarse en su puerto de entrada designado en su fecha previamente programada para recibir una hoja de su asistencia y un aviso de audiencia que contenga sus nuevas fechas de audiencia. La Junta de Apelaciones de Inmigración todavía está revisando casos de inmigración.

 Me han ordenado que me presente a la Corte de Inmigración; ¿Qué me va a pasar?

BOLETÍN INFORMATIVO – Junio del 2017

 Escrito Por El Abogado Sergio A. Pérez de Franco Law Group, APLC.

 Me han ordenado que me presente a la Corte de Inmigración; ¿Qué me va a pasar?

 

Los inmigrantes en los Estados Unidos se enfrentan a muchas circunstancias que otras personas jamás enfrentarán.

Esto incluye ser ordenado a presentarse frente la corte de inmigración.    Naturalmente, recibir dicha orden puede causar mucha ansiedad para los inmigrantes y sus familiares debido a la incertidumbre sobre qué va a pasar en la audiencia.  Tener alguna sabiduría sobre el proceso de la corte de inmigración puede servir para calmar una situación que ya es bastante estresante.

 

¿Qué va a pasar en mi primera audiencia?

La primera cosa que debe saber sobre su presencia en la corte de inmigración es lo que probablemente no pasará en su primera audiencia.   Primeramente, es demasiado improbable que sea arrestado en la corte de inmigración por las autoridades migratorias, o ICE por sus iniciales en inglés, en su primera audiencia.  En segundo lugar, es demasiado improbable que sea ordenado deportado en su primera audiencia.

 

¿Puedo ser acompañado por un abogado en mi audiencia frente la corte de inmigración?

Por ley, los inmigrantes tienen el derecho de ser representados por un abogado de su preferencia frente la corte de inmigración.   Sin embargo, a diferencia a la corte criminal, el gobierno no está obligado a pagar por el abogado del inmigrante.  De hecho, el inmigrante tiene que pagar por su propio abogado, o contratar a un abogado que no le cobre honorarios.  Normalmente, en la primera audiencia el inmigrante puede pedir una extensión para poder encontrar un abogado, y los jueces de inmigración usualmente otorgan dicha extensión.  Sin embargo, si usted no contrata a un abogado,  eventualmente el juez de inmigración procederá con su caso y usted tendrá que representarse sí mismo.

 

¿Quién estará en la corte aparte de mí?

Puede ayudar a calmar la ansiedad sobre el aparecer en la corte de inmigración si uno sabe quién estará presente.  Primeramente, estará un juez de inmigración con una toga judicial negra y sentado en la banca judicial.  En segundo lugar, y lo más importante, usted estará presente sentado en una mesa frente al juez.  Si tiene abogado él estará sentado a su lado.  En otra mesa estará el abogado del Departamento de Homeland Security, o DHS por sus iniciales en inglés, que representará al gobierno.  También presente estará un intérprete que hablará en su idioma materno su usted no habla inglés.    Finalmente, técnicamente la corte de inmigración está abierta al público y hay bancas en la parte posterior de la corte para observadores.    Sin embargo, en realidad, las personas que estarán sentadas en esas bancas más probables serán otros inmigrantes y sus abogados quienes estarán esperando que el juez llame sus casos.

 

¿Después que pasará?

Ya que usted y su abogado estén sentados en la mesa de la corte, el juez introducirá su caso para el registro de la corte y dirá su nombre y número de caso.  Entonces el juez le pedirá que diga su nombre y domicilio para el registro de la corte.  El juez también les pedirá a los abogados que se identifiquen para el registro de la corte.  Después, el juez usualmente le pide al abogado del inmigrante que responda a los cargos que son hechos en contra de su cliente, cuales son distintos para cada persona.  El juez también le pedirá a su abogado que identifique que tipo de alivio migratorio solicitará de la corte.

 

Un caso de inmigración típico requiere aproximadamente cuatro audiencias.  Además, normalmente las audiencias son programadas varios meses apartes.  Por esta razón, dependiendo de la corte especifica en donde se tenga que presentar uno, un caso de la corte de inmigración puede durar de uno a tres años.

 

Lo más importante para guardar en mente es que el inmigrante tiene que presentarse a todas sus audiencias frente la corte de inmigración, aunque no tenga abogado.  Además, el inmigrante se tiene que presentar aunque sí tenga abogado.  De hecho, su abogado no se puede presentar por usted; el inmigrante también tiene que estar presente frente el juez.  Desafortunadamente, la ausencia del inmigrante en cualquier audiencia resultará en una orden automática de deportación en su contra.

 

El tipo de alivio por cual uno califica frente la corte de inmigración depende de los hechos específicos de cada caso.  Además, los procedimientos y la duración del caso es diferente para personas que están detenidas por ICE.  Por estas razones, los inmigrantes que han sido ordenados a presentarse frente la corte de inmigración deberían hablar con un abogado de inmigración calificado para evaluar los hechos específicos de su caso y sus opciones para alivio migratorio.  Los abogados de Franco Law Group, APLC están disponibles para darle una consulta.  Por favor llámenos para programar una consulta con uno de nuestros abogados al número telefónico  (213) 200-1505.