Soy indocumentado, pero mi vecino me dijo que califico para un permiso de trabajo; ¿es cierto?

BOLETÍN INFORMATIVO – Julio del 2017

 

Escrito por el Abogado Sergio A. Pérez de Franco Law Group, APLC.

 

Soy indocumentado, pero mi vecino me dijo que califico para un permiso de trabajo; ¿es cierto?

 

Existen muchas ideas equivocadas en la comunidad de inmigrantes con respecto a la ley de inmigración, y especialmente sobre la ley de autorización de empleo, o los permisos de trabajo.  Desafortunadamente, estas ideas falsas son muy extendidas y muchas veces son perpetuadas por amistades y familiares con buenas intenciones.  Sin embargo, uno jamás debería tomar acción que involucra su estatus migratorio basado solamente en rumores o información que le dio un amigo o pariente, a menos que esa persona es un abogado de inmigración calificado.  De hecho, en la época de Trump, los inmigrantes deben tener más cuidado cuando aplican para algún beneficio de inmigración.

 

Como profesionales en la ley de inmigración, los abogados de Franco Law Group, APLC hemos escuchado una gran variedad de ideas equivocadas de clientes sobre los permisos de trabajo.  Estas ideas equivocadas incluyen:

 

  • A mi vecino le dieron un permiso de trabajo; esto quiere decir que a mí también me lo darán;
  • Si me entrego a las autoridades migratorias ellos me darán un permiso de trabajo; y
  • Yo puedo obtener un permiso de trabado después de vivir en los Estados Unidos por 10 años.

 

Un hecho importante con respecto a la primera idea equivocada es que cada caso es diferente.  Aunque su vecino obtuvo un permiso de trabajo, los hechos de su caso seguramente son diferentes y deben ser analizados para determinar si usted es elegible para recibir autorización de empleo.  En segundo lugar, las autoridades migratorias no le darán un permiso de trabajo a una inmigrante que se auto-entrega.  Lo que probablemente ocurra es que la inmigrante será detenida por las autoridades, será procesada y probablemente será puesta en procedimientos de remoción (o deportación) frente la corte de inmigración.  Algunos inmigrantes quizás califiquen para un permiso de trabajo después de ser puestos en procedimientos de remoción, pero no porque se entregaron a las autoridades migratorias.  Más bien, una inmigrante quizás se haga elegible para autorización de empleo debido al tipo de alivio migratorio por cual aplica en la corte de inmigración, y debido a los hechos específicos de su caso.  Sin embargo, si la inmigrante ya tiene una orden de remoción o deportación cuando se auto-entregue, las autoridades más probablemente ejecutaran esa orden y la inmigrante será deportada pronto después de entregarse.

 

Otro hecho importante con respecto a la autorización de empleo es que no es un beneficio autónomo.  Más bien, la autorización de empleo es un beneficio que está conectado a otro tipo de alivio migratorio subyacente, como algunas aplicaciones para asilo, Estatus de Protección Temporal (TPS por sus siglas en ingles), Consideración de Acción Diferida Para los Llegados En la Infancia (DACA por sus siglas en inglés) o para ciertos inmigrantes quienes están bajo una orden de supervisión de las autoridades migratorias (o ICE, también por sus siglas en ingles).  Por consecuencia, un inmigrante no puede aplicar para un permiso de trabajo sin que exista un estatus o alivio migratorio subyacente que hace a esa persona elegible para un permiso de trabajo.  Por esta razón, el tiempo que uno tiene viviendo en los Estados Unidos, la última idea equivocada indicada arriba, en sí no hace a la persona elegible para un permiso de trabajo.

 

Desafortunadamente, no hay falta de abogados y notarios de pocos escrúpulos que toman ventaja de las ideas equivocadas expansivas que existen en la comunidad de inmigrantes sobre los permisos de trabajo.  Además, las consecuencias por someter una aplicación para permiso de trabajo que no tiene mérito son serias y pueden incluir la denegación de la aplicación, detención y una orden para que se presente a la corte de inmigración.  Por estas razones, los inmigrantes deberían consultar con un abogado de inmigración calificado y de buena reputación antes de aplicar para autorización de empleo, o por cualquier otro beneficio migratorio, para determinar si califica para ese beneficio.

 

Los abogados de Franco Law Group, APLC están disponibles para darle una consulta.  Por favor llámenos para programar una consulta con uno de nuestros abogados al número telefónico (213) 200-1505.

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